En las operaciones financieras que tendremos a lo largo de nuestra vida con los bancos la hipoteca será probablemente la más importante de nuestra vida, los contratos entre nosotros y los bancos son los que determinan cuánto les debemos.

En una cuenta básica, como las cuentas corrientes o de depósito, no suele haber mucho en juego si las cosas van mal; sin embargo, esto cambia cuando se entra en las hipotecas, donde la principal garantía de uno sobre su préstamo proviene de estas instituciones.

Para que un piso o casa esté a salvo de los impagos necesitas que se concedan ciertos derechos, en concreto, poder cancelar las deudas que se tengan por sucesos como la muerte o la quiebra sin penalización. La complejidad y los problemas asociados a su falta de transparencia llevaron a reforzar el conocimiento, que se complementa a través de documentos informativos como el FEIN o el FIAE junto a la Ley 5/2019.

En qué consiste la clausula de garantía hipotecaria

En primer lugar, los préstamos con garantía hipotecaria son una «garantía respaldada por la hipoteca» que da a las propiedades su estatus especial y es, por tanto, una parte esencial para proteger su inversión.

En la práctica encontramos dos tipos de seguridad claramente diferenciados:

  • Garantías reales: Es la garantía hipotecaria constituida a favor del banco. Por lo general, esta garantía la establece el prestatario del préstamo, pero también puede adoptar la forma de un prestatario hipotecario que no es el deudor, es decir, un tercero que no recibe el dinero del banco y no tiene obligación de devolverlo, pero que aporta una garantía hipotecaria a favor del préstamo.
  • Se negociarán aspectos como estas garantías reales:

    Obligación hipotecaria:
    Es el importe por el que responde la propiedad o el inmueble que está garantizado a favor de la entidad financiera. También debe especificarse el importe máximo del que es responsable, en función del principal de la operación. En el contexto de la obligación, la cuantía es un punto clave, ya que determina la suma de todos los conceptos garantizados por la hipoteca: capital, costas judiciales, intereses normales, intereses de demora, gastos, etc. Las acciones legales que la entidad financiera podrá emprender para ejecutar la garantía hipotecaria (judiciales, notariales, etc.).

    Garantías personales:
    Por lo general, se acuerda que el deudor responda de todas las obligaciones del préstamo con todos sus bienes presentes y futuros en caso de que la garantía hipotecaria no cubra el importe adeudado.

Las garantías de un acuerdo de préstamo son importantes porque protegen a ambas partes. El prestatario nunca debe olvidar que su garantía se extiende a los avalistas, que pueden ser considerados responsables si algo va mal en el esfuerzo de reembolso de uno. Un buen ejemplo sería el de alguien que pide varios préstamos a diferentes prestamistas a la vez para cumplir con una obligación en nombre de la empresa financiera, como la descarga de existencias o el pago de los salarios de los empleados; en estas circunstancias, cada prestamista exigirá una prueba sobre los recursos específicos que se utilizaron para que no sea necesario modificar nada.